DOCUMENTOS DEL CENTRO



En el Decreto  328/2010, de 13 de julio. (ROC de Andalucía) en su art. 20 se indica el derecho de la Comunidad Educativa a tener conocimiento del Plan de Centro:

Artículo 20. El Plan de Centro
1. El proyecto educativo, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión constituyen el Plan de Centro.
2. El Plan de Centro será elaborado por el equipo directivo y aprobado por el Consejo Escolar, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de Profesorado en el apartado siguiente. En su elaboración el equipo directivo requerirá la colaboración e implicación del equipo técnico de coordinación pedagógica y de otros órganos de coordinación docente.
3. El Claustro de Profesorado formulará propuestas al equipo directivo para la elaboración del Plan de Centro, fijará criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado, informará el reglamento de organización y funcionamiento y aprobará y evaluará los aspectos educativos del Plan de Centro a que se refieren las letras b), c), d), e), f), g), k), n) y ñ) del artículo 21.3.
4. El Plan de Centro tendrá un carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a la comunidad educativa del mismo. Se podrá actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación a que se refiere el artículo 26 o a propuesta del director o directora en función de su proyecto de dirección.
5. El Plan de Centro será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía en general.



Para dar respuesta a este derecho se comparten los siguientes documentos de centro, sabiendo que irán siendo modificados a lo largo de este curso escolar ya que están siendo actualizados y acomodados al nuevo Proyecto de Dirección, el cual también se hace publico en esta misma página. (para abrir cada documento solo es necesario pinchar sobre su nombre):



PROYECTO DIRECCIÓN                                     PROYECTO GESTIÓN ACTUALIZADO




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